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    Towards a cosmopolitan ethics of sustainability

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    La estructura geopolítica de la interacción entre los Estados-nación en el mundo tecnológico, que ha predominado durante el último siglo, ya no es capaz de hacer frente a los principales problemas de la globalización en marcha. El estado actual de creciente integración mundial en muy diversos aspectos económicos, tecnocientíficos, ambientales y políticos, está requiriendo la formación de una ética de principios universales que reordene y regule la relación entre pueblos y Estados. Este artículo argumenta sobre la necesidad y la factibilidad de construir una ética y una política cosmopolita de la sostenibilidad. Resumen Inglés......: The geopolitical structure of the interaction between State-nations in the technological world, which has predominated during the last century, is no longer able to face the main problems of the globalization. The current state of increasing world-wide integration in very diverse economic, techno-scientific, environmental and political aspects, is requiring the construction of an ethics of universal principles that rearranges and regulates the relationship between peoples and States. This paper argues about the necessity and the feasibility of a cosmopolitan ethics and politics, as well as multinational policies of sustainability.The geopolitical structure of the interaction between State-nations in the technological world, which has predominated during the last century, is no longer able to face the main problems of the globalization. The current state of increasing world-wide integration in very diverse economic, techno-scientific, environmental and political aspects, is requiring the construction of an ethics of universal principles that rearranges and regulates the relationship between peoples and States. This paper argues about the necessity and the feasibility of a cosmopolitan ethics and politics, as well as multinational policies of sustainability

    La Realidad Moral de los Derechos Humanos

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    IMPLICATIONS OF ‘GLOBALISATION’ FOR LAW AS A DISCIPLINE

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    La disciplina del Derecho, tal y como está institucionalizada en la tradición angloamericana y, de manera general, en Occidente, responde de diversas maneras a los desafíos de la llamada “globalización” (utilizada aquí en un sentido amplio). Estas respuestas son dinámicas, fragmentadas, emocionantes y amenazadoras. Una de las tareas de la teoría del Derecho es dar sentido y evaluar estos avances. Los especialistas necesitamos preguntarnos: “¿cuáles son las implicaciones de la globalización para mi especialidad o en este tema de investigación?” El propósito de este trabajo es sugerir una aproximación a esta cuestión, a través de un examen auto-crítico de las hipótesis del trabajo propio, desde una perspectiva global, utilizando “tipos ideales” ilustrativos de las tendencias y asunciones que sustentan (a) las tradiciones occidentales de la Ciencia del Derecho; (b) la tradición occidental y “territorial” del clásico Derecho micro-comparativo y (c) un modelo ingenuo de escritos legales sobre transmisión/recepción/difusión. Estas construcciones indican que nuestras culturas académicas han tendido a estar orientadas, por lo general, hacia el Estado y a ser seculares, positivistas, “de arriba hacia abajo”, norte-céntricas, ignorantes de otras tradiciones, no-empíricas y universalistas respecto a la moral. Es decir, y por supuesto, una caricatura. Pero en la medida en que estas asunciones y tendencias se mantienen, estos modelos ideales ponen de relieve algunos puntos cruciales con los que son desafi ados, mediante la adopción de una perspectiva global. Tales puntos incluyen la importancia del Derecho no-estatal, el pluralismo legal y normativo, las explicaciones acerca de la convergencia, la armonización y la difusión (¿se refieren estos informes sólo a “al Derecho de superfi cie”?), las concepciones cambiantes de los límites territoriales y de la soberanía, la “caja negra” de la teoría del Derecho (por ejemplo, Hart) y de la justicia (por ejemplo, Rawls), el etnocentrismo, la falacia de que vivimos en “una era secular”, la importancia del pluralismo de creencias, y la escasez en nuestro stock de conceptos analíticos que trasciendan las culturas y tradiciones jurídicas.La disciplina del Derecho, tal y como está institucionalizada en la tradición angloamericana y, de manera general, en Occidente, responde de diversas maneras a los desafíos de la llamada “globalización” (utilizada aquí en un sentido amplio). Estas respuestas son dinámicas, fragmentadas, emocionantes y amenazadoras. Una de las tareas de la teoría del Derecho es dar sentido y evaluar estos avances. Los especialistas necesitamos preguntarnos: “¿cuáles son las implicaciones de la globalización para mi especialidad o en este tema de investigación?” El propósito de este trabajo es sugerir una aproximación a esta cuestión, a través de un examen auto-crítico de las hipótesis del trabajo propio, desde una perspectiva global, utilizando “tipos ideales” ilustrativos de las tendencias y asunciones que sustentan (a) las tradiciones occidentales de la Ciencia del Derecho; (b) la tradición occidental y “territorial” del clásico Derecho micro-comparativo y (c) un modelo ingenuo de escritos legales sobre transmisión/recepción/difusión. Estas construcciones indican que nuestras culturas académicas han tendido a estar orientadas, por lo general, hacia el Estado y a ser seculares, positivistas, “de arriba hacia abajo”, norte-céntricas, ignorantes de otras tradiciones, no-empíricas y universalistas respecto a la moral. Es decir, y por supuesto, una caricatura. Pero en la medida en que estas asunciones y tendencias se mantienen, estos modelos ideales ponen de relieve algunos puntos cruciales con los que son desafi ados, mediante la adopción de una perspectiva global. Tales puntos incluyen la importancia del Derecho no-estatal, el pluralismo legal y normativo, las explicaciones acerca de la convergencia, la armonización y la difusión (¿se refi eren estos informes sólo a “al Derecho de superficie”?), las concepciones cambiantes de los límites territoriales y de la soberanía, la “caja negra” de la teoría del Derecho (por ejemplo, Hart) y de la justicia (por ejemplo, Rawls), el etnocentrismo, la falacia de que vivimos en “una era secular”, la importancia del pluralismo de creencias, y la escasez en nuestro stock de conceptos analíticos que trasciendan las culturas y tradiciones jurídicas

    Implicaciones de la globalización para el derecho como disciplina = Implications of ‘globalisation’ for law as a discipline

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    La disciplina del Derecho, tal y como está institucionalizada en la tradición angloamericana y, de manera general, en Occidente, responde de diversas maneras a los desafíos de la llamada “globalización” (utilizada aquí en un sentido amplio). Estas respuestas son dinámicas, fragmentadas, emocionantes y amenazadoras. Una de las tareas de la teoría del Derecho es dar sentido y evaluar estos avances. Los especialistas necesitamos preguntarnos: “¿cuáles son las implicaciones de la globalización para mi especialidad o en este tema de investigación?” El propósito de este trabajo es sugerir una aproximación a esta cuestión, a través de un examen auto-crítico de las hipótesis del trabajo propio, desde una perspectiva global, utilizando “tipos ideales” ilustrativos de las tendencias y asunciones que sustentan (a) las tradiciones occidentales de la Ciencia del Derecho; (b) la tradición occidental y “territorial” del clásico Derecho micro-comparativo y (c) un modelo ingenuo de escritos legales sobre transmisión/recepción/difusión. Estas construcciones indican que nuestras culturas académicas han tendido a estar orientadas, por lo general, hacia el Estado y a ser seculares, positivistas, “de arriba hacia abajo”, norte-céntricas, ignorantes de otras tradiciones, no-empíricas y universalistas respecto a la moral. Es decir, y por supuesto, una caricatura. Pero en la medida en que estas asunciones y tendencias se mantienen, estos modelos ideales ponen de relieve algunos puntos cruciales con los que son desafi ados, mediante la adopción de una perspectiva global. Tales puntos incluyen la importancia del Derecho no-estatal, el pluralismo legal y normativo, las explicaciones acerca de la convergencia, la armonización y la difusión (¿se refi eren estos informes sólo a “al Derecho de superficie”?), las concepciones cambiantes de los límites territoriales y de la soberanía, la “caja negra” de la teoría del Derecho (por ejemplo, Hart) y de la justicia (por ejemplo, Rawls), el etnocentrismo, la falacia de que vivimos en “una era secular”, la importancia del pluralismo de creencias, y la escasez en nuestro stock de conceptos analíticos que trasciendan las culturas y tradiciones jurídicas

    Decisiones públicas y efectividad de los derechos humanos.

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    The complexity of the relations between contemporary legal systems implies a linking problem between the decision-making process and the recipients of the decisions, considering the growing uncertainty of acknowledging the convergence between the decision-makers and the recipients of those, that doesn’t find enough representation in the synthetic scheme of procedural democracy and in the free acceptance of power. The recipients of the decisions, coming from the institutions that de facto have the power to assume, related to the criteria of distribution of the rights and of the most essential ones, are not embodying the status of ‘citizenship’, or it is assumed in a very limited form. In the work, adopting the neo-contractual theory of J. Rawls and assuming as prioritary the problem of effectiveness, are examined all the aspects of the not perceived violation of the basic principle Quod omnes tangit ab omnibus approbari debet, in the framework of the close and ineluctable bond among the effectiveness of the law systems, the effective guarantee of the basic human rights, the concept of democratic citizenship and the the concept of democracy itself.La complejidad de las relaciones jurídicas contemporáneas plantea un problema de conexión entre las decisiones producidas y sus destinatarios por la dificultad creciente de reconocer la coincidencia entre los que deciden y los destinatarios de las decisiones, que ya no logra encontrar una adecuada representación en el esquema sintético de la democracia procedural y de la libre aceptación del poder. Los destinatarios de las decisiones relativas a los criterios de distribución de los derechos y de los bienes fundamentales no poseen el estatus de ciudadano -o, si lo tienen, es muy débilde las entidades que, de hecho, tienen el poder de tomar esas decisiones. Sobre la base de la elaboración neocontractualista de J. Rawls, y adquiriendo como prioritaria la cuestión de la efectividad, en el ensayo se analizan los aspectos de esta no alarmada violación del principio Quod omnes tangit ab omnibus approbari debet, en el marco de la estrecha e ineludible conexión entre la efectividad de los ordenamientos jurídicos, la efectiva garantía de los derechos fundamentales, el concepto de ciudadanía democrática y el mismo tema de la democracia

    De nuevo la tensión universalismo-multiculturalidad : examen de una "tercera vía" a propósito de la jurisprudencia constitucional latinoamericana en materia indígena

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    One of the most complex challenges that a general theory of human rights must face is what could be characterized as the universal test: are these valid through the world? Or, on the contrary, the multiculturalism (and the judicial pluralism that it implies), reveal incompatible conceptions, which may turn useless any judgement over behaviors that may be considered perverse or radically praised. In this essay, my purpose is to support, with the help of some judicial examples of Latin American constitucionalism, a universal theory of Human Rights that recognizes cultural differences, further on, they may be enriched with them, and maybe offer a minimum perspective on behalf of people's "basic values" and yet recognizing the fact of multiculturalism.Fil: Rabbi-Baldi Cabanillas, Renato. Universidad de Buenos Aires. Facultad de Derecho. Cátedra Teoría General del Derecho. Buenos Aires, ArgentinaFil: Rabbi-Baldi Cabanillas, Renato. Universidad de Buenos Aires. Facultad de Derecho. Cátedra Filosofía del Derecho. Buenos Aires, ArgentinaUno de los desafíos más complejos que debe afrontar una teoría general de los derechos humanos lo constituye lo que podría caracterizarse como el test de universalidad. ¿Son estos válidos aquí y allá? O, por el contrario, la multiculturalidad -y el pluralismo jurídico que de ella deriva- revela concepciones incompatibles que tornan inútil cualquier juicio de reproche sobre el contenido de las conductas que puedan catalogarse como intrínsecamente perversas o radicalmente encomiables. En este trabajo me propongo defender, con apoyo en ejemplos jurisprudenciales del constitucionalismo latinoamericano, una teoría universal de los derechos humanos que reconozca las diversidades culturales y, más aún, que se enriquezca con ellas, de modo que pueda ofrecer una perspectiva mínima en cuanto al resguardo de ciertos bienes básicos de las personas a partir del dato de la multiculturalidad

    Pragmatismo y globalismo en la filosofía política estadunidense

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    Europa sin politeía, Europa sin política

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    The current situation of European political integration is analyzed from a cyclical and structural point of view. It is considered that this critical situation is part of a process of overcoming of Nation-state, without new political bodies that can take similar functions, at a transnational level, especially in regard to the domestication of markets. This makes the nationalist or centrifugal trends increase its force. It is noted as the only way out of the current impasse, strengthening its political factors, supporting on the learning process, of progressive abstraction, of citizens and of the European peoples, so only if accompanied by a social policy of redistribution, symbol of Europe so far, this can succeed.Se analiza la situación actual de la construcción política europea desde un punto de vista coyuntural y estructural. Se considera que esta situación crítica se enmarca en un proceso de rebasamiento de los Estados nación, sin que, sin embargo, se den aún instancias políticas que puedan asumir funciones parejas a un nivel superior, especialmente en lo que se refiere a la domesticación de los mercados. Esto hace que las tendencias de repliegue o centrífugas se vean con fuerza acrecentada. Se apunta como única posibilidad de salida del actual estancamiento, el reforzamiento de los elementos políticos, apoyándose en los procesos de aprendizaje de abstracción progresiva de los ciudadanos y de los pueblos europeos, lo que solamente si es acompañado por una política social de redistribución, que es lo que hasta ahora representaba simbólicamente Europa, puede tener éxito
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